Delegación episcopal de Catequesis
Artículo 59
§ 1. La Delegación episcopal de Catequesis promoverá, orientará y supervisará la acción catequética en toda la Diócesis conforme a las instrucciones emanadas de la Santa Sede, de la Conferencia Episcopal Española y de los Planes Pastorales. Acompañará a los párrocos y catequistas en la trasmisión de la fe a través de los procesos catequéticos establecidos en el Directorio para la Iniciación Cristiana de la diócesis.
§ 2. Orientará sobre materiales catequéticos para una mejor comprensión y aplicación de los Catecismos, teniendo en cuenta los objetivos catequéticos que señala el Directorio diocesano para la Iniciación Cristiana.
§ 3. Organizará de acuerdo con el Vicario episcopal de la Vicaría territorial y los arciprestes respectivos encuentros de formación y convivencia de los catequistas y de los catequizandos.
§4. Promoverá en las parroquias o en los arciprestazgos la formación catequética de adultos según las orientaciones del Plan pastoral diocesano. §5. Asumirá, junto con los párrocos y arciprestes, la organización y el desarrollo del catecumenado de la iniciación cristiana para aquellos adultos que soliciten el bautismo.