Delegación episcopal de Pastoral de la Salud y atención a los ancianos
Artículo 68
§ 1. La Delegación episcopal de Pastoral de la Salud y atención a los ancianos es el organismo que ha de colaborar con el Obispo para que la Iglesia diocesana, al acercarse a las personas enfermas, ancianas y a las que sufren por cualquier causa, sea capaz de proclamar a Jesucristo como Salud de Dios para los hombres.
§ 2. Para servir a esta misión evangelizadora, la Delegación:
1.º Cuidará que el servicio eclesial a los ancianos y enfermos evite una consideración de los mismos como seres meramente pasivos, convirtiéndolos en agentes activos de evangelización por medio de su oración sufriente y esperanzada, así como del testimonio de su dolorido sentir, transformado en gracia de Dios para los demás, en anuncio del valor de las cosas esenciales y sobrenaturales, y en manifestación de que la vida mortal de los hombres ha de ser redimida por el misterio de la muerte y resurrección de Cristo.
2.º Promoverá iniciativas de evangelización y catequesis destinadas a toda la comunidad cristiana, para que, superando las distorsiones de la concepción de la salud propias de la cultura dominante, sea educada e iluminada en la vivencia cristiana de las realidades humanas de la salud, la enfermedad, la curación, el sufrimiento y la muerte.
3.º Velará por la atención pastoral, espiritual y humana de las familias de los enfermos y aquellas que tienen ancianos en su núcleo familiar, ayudándolas también a aceptar de buena gana su parte primordial en el ministerio reconfortador del enfermo y a ejercerlo sin delegar en otros todo aquello que puedan y deban hacer.
4.º Impulsará, apoyará y coordinará el protagonismo de las comunidades parroquiales en la pastoral de la salud y de la atención al anciano, animándolas a que despierten en todos sus miembros la vocación sanadora a la que está llamado el cristiano y ejerzan la misma de manera activa e integrada en el ámbito de la pastoral parroquial general.
5.º Impulsará, acompañará y coordinará la labor de los capellanes y sus colaboradores en los servicios de asistencia religiosa católica en los hospitales y en las residencias de ancianos, facilitando y promoviendo la formación de los nuevos capellanes y la formación permanente de todos los que integran estos servicios.
6.º Mantendrá relaciones de colaboración, apoyo y coordinación con los centros sanitarios y residencias de ancianos católicas.
7.º Procurará el conocimiento mutuo, la comunión y coordinación entre las distintas asociaciones eclesiales vinculadas de algún modo a este campo apostólico.
8.º Apoyará con cuantos medios e iniciativas sean precisos la labor profesional y evangelizadora de los trabajadores y profesionales sanitarios cristianos y de sus asociaciones.
9.º Promoverá relaciones de colaboración con todos los que trabajan en el mundo de la salud y la geriatría.
XXXV CURSILLO INTERDIOCESANO
(Seminario de Astorga. 9-11-de Marzo de 2015)